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El Foro de Ermua reclamará en el TC que el caso López e Ibarretxe lo vuelva a juzgar el TSJPV

(LA LEY 3279/2010)
Diario de Noticias, 9 Feb. 2010
Alegará indefensión, quiebra del derecho al juez predeterminado por la Ley y de la tutela judicial efectiva
Bilbao.- El Foro de Ermua reclamará en el Tribunal Constitucional que el caso contra el lehendakari, Patxi López, su antecesor en el cargo, Juan José Ibarretxe, el consejero de Interior, Rodolfo Ares, y cinco miembros de Batasuna, entre ellos Arnaldo Otegi, por mantener reuniones, se devuelva a Euskadi para que lo juzgue el TSJPV al considerar que ha existido "quiebra del derecho al juez ordinario preterminado por la Ley".
El Foro de Ermua -que ejerció la acusación popular junto con la asociación Dignidad y Justicia- ya anunció el pasado viernes que interpondrá ante el Tribunal Constitucional recurso de amparo contra la sentencia del Tribunal Supremo por la que archivó la causa contra López, Ibarretxe, Ares y cinco miembros de Batasuna que habían mantenido encuentros durante el alto el fuego de ETA de 2006, al estimar que no fueron constitutivos de delito.
Según explicó a Europa Press el abogado de este colectivo, Fernando García-Capelo, en la impugnación alegará que se ha producido "indefensión" a las acusaciones populares, "quiebra del derecho a la tutela judicial efectiva", y del derecho "al juez ordinario predeterminado por la Ley".
Asimismo, consideró que, "quien tiene que juzgar el fondo del asunto, es el TSJPV, no el TS", que, en su opinión, tendría que haber devuelto la causa al alto Tribunal vasco para que resolviera sobre si los encausados han delinquido o no.
"Quien tiene que juzgarlo es el TSJPV y ya había un auto de apertura de juicio oral que no es recurrible, que es el que decía que se abriera el juicio, por lo que el TS no es competente ahora para eso. El que tendría que condenar o absolver es el Tribunal Superior de Justicia", apuntó.
Por ello, el letrado reclamará que se devuelva la causa al TSJPV y, "a partir de ahí, se abren muchas posibilidades" porque la propia acusación popular "podría desistir de ejercer la acción penal". "Es una posibilidad que está abierta", apuntó.
PROHIBICIÓN EXPRESA
Además, alegará ante el TC "una quiebra del derecho a la tutela judicial efectiva" porque "no es de recibo que el TS diga que no hay una orden expresa" de prohibición de las reuniones con Batasuna, "cuando es literalmente imposible decir que no la hay".
"Porque, cuando una sentencia --en alusión a la de ilegalización-- dice que cesará de manera inmediata en todas sus actividades, eso es una orden sí o sí. ¿Cómo vas a interpretar que eso no es una orden?", apuntó.
Además, destacó que "hay una interpretación auténtica hecha por el legislador al afirmar que, quien no cumpla la obligación de cese de actividades, será perseguido de acuerdo con el Código Penal".
"¿Que cree el Tribunal Supremo que significa eso?. Si considera que no hay orden expresa, ¿qué ha hecho la Sala del artículo 61 todo este tiempo sin adoptar medidas de ningún tipo?. ¿Ha sido una dejación de funciones de todos los magistrados de la Sala del 61?. ¿Hay que exigirles responsabilidad a los magistrados de la Sala del 61'", preguntó.
En este sentido, defendió que los magistrados "no han hecho nada porque no es necesario, ya que, cuando se prohíbe que actúe una persona, no hay que ir diciéndole caso a caso que no actúe en esto o en lo otro". "Es como cuando se dicta contra alguien una orden de alejamiento sobre su pareja, no le pueden ir diciendo que no se puede acercar a su domicilio, cuando va al cine o cuando va al parque. No, es una orden general y es suficiente", añadió.
INDEFENSION
Carcía-Capelo también consideró que la sentencia del Tribunal Supremo ha creado "indefensión" en las acusaciones populares porque no han tenido "ninguna oportunidad" de responder al hecho de que entienda como "una adhesión al recurso" que las defensas y la Fiscalía consideren que no había delito.
"En ningún momento ninguna de las dos dice que se adhiere al recurso, ni saca como conclusión de esa supuesta inexistencia de delito la consecuencia que ha sacado posteriormente el Tribunal Supremo. Por tanto, nosotros no hemos tenido oportunidad de contestar a esas afirmaciones, porque no estaban en los recursos. Se ha pronunciado sobre algo que no era objeto del recurso, con lo que se nos ha generado indefensión", añadió.
Por su parte, la Asociación Dignidad y Justicia se encuentra todavía analizando si recurrirán la resolución del Tribunal Supremo ante el Constitucional porque considera que, con la reforma de los recursos de amparo, es posible que no se pueda impugnar la sentencia. Informó Europa Press.





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